Trata Sobre: ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER, a la JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACION DE VIVIENDA AMPLIACION VILLA PIÑA, DISTRITO DE RUPA RUPA, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, REGIONHUANUCO; cuyo periodo de vigencia es de dos (02) años contados a partir de la fecha de su reconocimiento, la cual se f¿\encuentra conformada