La Municipalidad Provincial de Leoncio Prado pone a disposición del ciudadano (USUARIO) el Libro de Reclamaciones Virtual o Físico, para realizar su RECLAMO por la insatisfacción o disconformidad de algún servicio o atención recibida.
Opción 1: Presentación Virtual:
Ingrese al siguiente enlace y complete el FORMULARIO VIRTUAL:
Libro de Reclamaciones Virtual
Opción 2: Presentación Físico:
Solicite el Libro de Reclamaciones en la Oficina de la Sub Gerencia de Informatica y Sistemas. También puede descargar el siguiente FORMATO, para presentarlo en la entidad por mesa de partes en los horarios de atención 8:00 am. a 1:00 pm y de 2:30 pm a 5:15 pm.:
Libro de Reclamaciones
El Libro de Reclamaciones constituye un mecanismo de participación de la ciudadanía, por el cual los usuarios de los servicios brindados por las diferentes entidades del sector público puedan expresar su insatisfacción por el servicio brindado.
De acuerdo al D.S. N°007-2020-PCM, Respuesta al Reclamo. La entidad está obligada a dar respuesta al usuario, por medios físicos o digitales, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, , informándole, de ser el caso, acerca de las medidas adoptadas para evitar el acontecimiento de hechos similares en el futuro.
Definiciones
USUARIO: persona natural o jurídica que acude a una entidad pública a ejercer alguno de los derechos establecidos en el artículo 55° de la Ley Nº 27444 o a solicitar información acerca de los trámites y servicios que realice la administración pública.
RECLAMO: expresión de insatisfacción o disconformidad del usuario respecto de un servicio de atención brindado por la entidad pública, diferente a la Queja por Defecto de Tramitación, contemplada en la Ley Nº 27444.
DESCARGO:- Recursos administrativos: Frente a un acto que supone que viola, afecta, desconoce o lesiona un derecho o un interés legítimo, el administrado puede proceder a formular su contradicción en la vía administrativa en la forma y los plazos previstos en la Ley N° 27444 (LPAG), para que sea revocado, modificado, anulado o sean suspendidos sus efectos.
Base Legal
- Ley N° 27444: Ley del Procedimiento Administrativo General
- Decreto Supremo N° 042-2011-PCM: Obligación de las Entidades del Sector Público de contar con un Libro de Reclamaciones
-Es la plataforma digital que soporta la gestión de reclamos, la cual permite a las personas registrar y hacer seguimiento a la atención de su reclamo, conociendo el estado en el que se encuentra; regulado por el Decreto Supremo N° 007-2020-PCM