Transporte

"NORMAS PARA LA EXPEDICION DE LICENCIA DE CONDUCIR VEHICULOS MENORES EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO"

01. FINALIDAD:

Regular el otorgamiento de Licencias de Conducir de la Clase B en sus diferentes categorias para conductores de vehiculos menores, previa aprobacion de los examenes de conocimiento y manejo.

02. OBJETIVO:

Entregar Lincenias de Conducir de vehiculos menores que previamente hayan obtenido nota aprobatoria en los examenes de conocimiento y manejo.

03. BASE LEGAL:

a) Ley N° 27181 Ley General de Transporte y Transito Terrestre.

b) Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General.

c) Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades.

d) D.S.N° 040-2008-MTC Regliamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos aotomotores y no motorizados de transporte terrestre y sus modificatorias.

e) D.S.N° 016-2009-MTC Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de Transito.

f) D.S.N° 037-2010.MTC.

04. ALCANCE:

Las disposiciones de la presente Directiva son de aplicacion, observancia y cumplimiento obligatorio de todos los administrados que soliciten la Licencia de Conducir para vehiculo menor.

05. ESPECIFICACIONES:

      5.1.GENERALIDADES:

              5.1.1. La presente rige en la jurisdiccion de la Provincia de Leoncio Prado.

              5.1.2. Para los efectos del presente se entendera por.

                   i. Licencia de Conducir.-Documento oficial otorgado por la autoridad competente que autoriza a su titular

                      conducir un vehiculo automotor menor.

                  ii. Vehiculo  automotor menor.-Vehiculo de dos o tres ruedas provisto de montura o asiento para el uso de su

                      conductor ypasajeros, segun sea el caso ( motocicleta, mototaxi, bajaj y similar).

                  iii. Vigencia de la Licencia de Conducir.- La Licencia de Conducir tiene una vigencia de cinco (05) años,

                       produciendose la renovacion de la misma a su vencimiento.

       5.2. ESPECIFICAS:

     5.2.1 Sobre la expedicion de la Licencia de Conducir.-La Subgerencia de Transporte, Transito y Seguriadad Vial es el organo competente para la expedicion y autorizacion de licencias de conducir de vehiculos menores, asismismo es la encargada de normar y regular sobre el procedimiento expedicion de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia.

      5.2.2 Sobre el procedimiento administrativo.-La Subgerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial recepciona los expedientes y verificasi se ha cumplido con presentar los requisitos exigidos y dar admisible los mismos para la evaluacion y calificacion del postulante.

06. CATEGORIA DE LA LICENCIA DE CONDUCIR:

     CATEGORIA II.- Licencia para conducir vehiculos motorizados de la categoria L, la misma que se sub clasifica en:

        - Categoria  II-b.- Autoriza a conducir vehiculo automoto de la categoria L3 que se encuentren destinados al transporte particular de pasajeros. Esta licencia permite conducir vehiculos automotores de dos ruedas de mas de 50 cm3 o velocidad mayor a 50 Km/h.

        - Categoria II-c.- Autoriza a conducir vehiculos de la categoria L5 destinaods a la prestacion del servicio de transporte publico especial de pasajeros y transporte de mercancias en vehiculos automotor menor. Esta licencia permite conducir vehiculo automor meor de tres ruedas simetricas al eje longitudinal del vehicular no exceda de una tonelada. Asimismo, permite conducirvehiculo automotor menor de la categoria L3.

07. REQUISITOS PARA LA OBTENCION DE LAS LICENCIAS DE CONDUCIR:

         CATEGORIA II-b.-

          a) Copia legalizada de DNI vigente (Edad minima 17 años*)

          b) Certificado de Estudios (copia legalizada).

          c) 04 Fotos tamaño pasaporte a color en fondo blanco.

          d) Asistencia obligatoria al curso de capacitacion programada por la Subgerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial.

          f) Aprobar el examen de normas de transito.

          g) Aprobar el examen de manejo.

          h) Pago por derecho de tramitacion, segun TUPA vigente.

       

           *EXCEPCION:

            Podran aspirar a la obtencion de una Licencia de Conducir de esta categoria, las personas mayores de 16 años, debiendo para ello presentar Declaracion Jurada Notarial del Padre, Madre, otorgando su consentimiento y asumiendo las responsabilidades de Ley.

           CATEGORIA II-c.-

           a) Copia legalizada de DNI vigente (Edad minima 18 años*).

           b) Certificado de Estudios (copia legalizada).

           c) 04 fotos tamaño pasaporte a color en fondo blanco

          d) Asistencia obligatoria al curso de capacitacion programada por la Subgerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial.

          f) Aprobar el examen de normas de transito.

          g) Aprobar el examen de manejo.

          h) Pago por derecho de tramitacion, segun TUPA vigente.

           *EXCEPCION:

             Ademas podran aspirar a la obtencion una licencia de Conducir de esta categoria, las personas mayores de 16 años con plena capacidad de sus derechos civiles, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 42° y 46° del Codigo Civil.

08. NULIDAD DE LICENCIA DE CONDUCIR:

    La autoridad competente podra declara la nulidad de la licencia de conducir cuando para su expedicion se haya propocionado informacion falsa en su solicitud, cuando haya hecho uso de documentacion faslsificada o adulterada, o cuando se compruebe de manera fahaciente que el titular no se haya sometido a cualquier de los examenes establecidos. 

09. PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCION DE LA LICENCIA DE CONDUCIR:

    a) El postulante presenta su solicitud (adjuntado los requisitos) en la oficina de Mesa de Partes de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado.

    b) La Subgerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial recepciona, revisa, evalua y declara admisible el expediente.

    c) Los postulantes que recibieron la admisibilidad de su respectivo Expediente, deberan asistir obligatoriamente al curso de capacitacion sobre Educacion Vial programado por la Subgerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial.

     d) El Subgerente de Transporte, efectua la evaluacion de conocimientos sobre normas de transito y transporte de pasajeros (segun corresponda a la categoria a los postulantes que hayan asistido al curso de capacitacion; debiendo obtener una nota minima equivalente al 80% del puntaje maximo.

      e) Los postulantes que aprobaron el examen escrito, rendiran el examen de manejo correspondiente a la categoria.

      f) De haber aprobado las evaluaciones se entrega la Licencia de Conducir correspondiente, debidamente firmada por el Subgerente de Transporte, Transito y  Seguridad Vial y el Gerente de Servicios Publicos.

      g) De haber sido desaprobado el postulante podra ser evaluado en unplazo de 7 dias calendarios posteriores a la evaluacion, previa solicitud adjuntando el pago correspondiente por derecho de subsanacion de examen segun TUPA vigente, y tendra maximo dos oportunidades para hacerlo.

      h) Los postulantes que fueron declarados admisibles y no se presenten a los examenes dentro de los primeros quince dias calendarios, deberan solicitar que  se les programe el examen cumpliendo con el pago de la tasa correspondiente segun TUPA vigente en un periodo no mayor de los treinta dias calendarios.

10. PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR DUPLICADO DE LICENCIA DE CONDUCIR VEHICULO AUTOMOTOR MENOR:

     a) El interesado debera realizar el pago de la tasa correspondiente segun TUPA vigente, adjuntado la copia ampliada de su DNI vigente y/o ticket de tramite realizado ante la RENIEC, 01 Foto tamaño Pasaporte  a color en fondo blanco y Denuncia Policial original por perdida de Licencia de Conducir.

     b) La Subgerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial, recepciona, revisa y evalua el expediente.

     c) Se efectua la busqueda a fin de verficar si figura en el Sistema de Licencia de la Municipalidad Provincial de Leoncio  Prado, de ser verificado se hace el tramite para la obtencion del Duplicado de la Licencia de Conducir.

11. PROCEDIMIENTO PARA OTOGAR RENOVACION DE LICENCIA DE CONDUCIR VEHICULO MENOR:

    L a Licencia de Conducir de la clase B se renova cada cinco (5) años, para lo cual debera presentar la copia ampliada de su DNI vigente, 03 fotos pasaporte a color en fondo blanco, Licencia de Conducir vencida, Certificado Medico vigente ( con treinta dias de anterioridad), asistir obligatorio al curso de capacitacion de educacion vial, rendir los examenes de normas de transito y transporte de pasajeros segun corresponda, y cumplir con el pago de la tasa correspondiente segun TUPA vigente.

12. PROCEDIMIENTO PARA OTOGAR LA RECATEGORIZACION DE LA LICENCIA DE CONDUCIR VEHICULO MENOR:

     El conductor que desee reactegorizar su licencia de Conducir podra hacerlo adjuntado los requisitos exigidos para la categoria L5 adjuntado la Licencia vigente, asistir obligatoriamente al curso de capacitacion de educacion vial y aprobar el Examen de conocimiento sobre Transporte de Pasajeros y el Examen de Manejo, ademas de cumplir con pagar la tasa correspondiente segun TUPA vigente. La nueva Licencia tendra una nueva tecna de emision a partir de la cual se      computara a su plazo de vigencia.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA

UNICA:Todo lo no contemplado en la presente Directiva sera de aplicacion lo disoue}sto por el Reglamento Nacional de Licencia de Conducir vehiculos automotores menores de transporte terrestre, aprobado mediante Decreto Supremo N°   040-2008-MTC y modificatorias.